domingo, 6 de noviembre de 2016

Tópica y razonamiento jurídico

1.    El contexto de aparición de la tópica jurídica.

El 1953 se publicó la primera edición de la obra de THEODOR VIEHWEG, TOPIK UND JURISPRUDENZ, cuya idea fundamental consistía el interés para la teoría y la práctica jurídica tenía la resurrección del modo de pensar tópico y retorico.
La tópica es un fenómeno que ocurre en diversas de la euro de la posguerra y, no solo, 
ni en primer lugar, en el derecho.



El ensayo DEONTIC LOGIC  de H. G, VON WRIGHT (que supone de la aparición de la lógica de las normas, esto es, la construcción de una lógica especial para el mundo de las normas y, por tanto, también para el mundo del derecho)
Otros autores, como LUIS RECASENS SINCHES (1956), o JOSEP ESSER (1961) publicaron diversos trabajos en los que se sostenía una concepción de la argumentación y de la interpretación jurídica.
En el campo del derecho jurisprudencial como el de la interpretación de las leyes y de la constitución, el proceso del razonamiento jurídico obedece un esquema básico que es el razonamiento mediante ejemplos. Se trata de un razonamiento de caso a caso, de lo particular a lo particular.
Las categorías usadas en el proceso  jurídico tienen que permanecer ambiguas para permitir el ingreso de nuevas ideas.
Las ideas de la comunidad y de las ciencias sociales, correctas o no, a medida que ganan aceptación en aquellas, controlan las decisiones.

El derecho se configura no como un ‘’sistema cerrado’’, sino como un ‘’sistema abierto’’ y el razonamiento jurídico no pueda aparecer como meramente deductivo, sino que el movimiento de los conceptos jurídicos resulta a la larga ‘’circular’’: el concepto se va construyendo a medida que se comparan los casos, puede llegar a modificarse en el sentido de que, al final del proceso lo que era una circunstancia excepcional en cuanto a la aplicación del mismo, se convierte en la regla general. La LOGICA JURIDICA, podría decirse, es una lógica peculiar, enraizada en el propio proceso del desarrollo del proceso del derecho, y en donde la noción de consenso juega un papel de gran relevancia.

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